Cuando un vuelo es cancelado por causa de fuerza mayor (como condiciones meteorológicas extremas, desastres naturales, pandemias, conflictos políticos, huelgas de controladores, o como apagones eléctricos), los derechos del pasajero están más limitados que en una cancelación por culpa de la aerolínea. Pero sí hay derechos, sobre todo bajo el Reglamento (CE) nº 261/2004 de la Unión Europea, si el vuelo:
- Sale de un país de la UE, o
- Llega a la UE con una aerolínea europea.
¿Qué derechos tiene el pasajero?
- Derecho a asistencia (sí aplica en fuerza mayor):
- Comidas y refrescos proporcionales al tiempo de espera.
- Dos llamadas telefónicas, correos electrónicos o faxes.
- Alojamiento en hotel (si la espera es de una o más noches).
- Transporte entre el aeropuerto y el hotel.
➡️ Esto aplica incluso si la cancelación es por fuerza mayor. Es decir, la aerolínea debe cubrir hotel y comida, aunque no tenga culpa de la cancelación.
- Derecho al reembolso o transporte alternativo (sí aplica):
- Puedes elegir entre:
- Reembolso total del billete (si decides no viajar).
- Transporte alternativo lo antes posible (misma ruta).
- Transporte en una fecha posterior que elijas tú.
- Compensación económica (no aplica en fuerza mayor):
- No tienes derecho a compensación económica (250€, 400€, 600€, según distancia) si la cancelación es debida a causas extraordinarias fuera del control de la aerolínea.
Conclusión práctica
Sí: la aerolínea debe pagarte comida, hotel y transporte al hotel si estás varado por culpa de una causa de fuerza mayor.
No: no tienes derecho a indemnización económica por la cancelación si la causa fue algo imprevisible e inevitable.