Sancionadas las aerolíneas por prácticas abusivas
Hasta ahora en las aerolíneas se aplicaba una norma en la que los pasajeros que hayan comprado billetes de ida y vuelta y que, no puedan coger, sea cual sea el motivo, el viaje de ida, no podían utilizar el viaje de vuelta. Es decir, el viaje de vuelta sería cancelado.
Esta norma la ha designado como abusiva el Tribunal Supremo, en concreto la sala de lo civil. Esta práctica la está llevando a cabo Iberia y la llaman «No Show».
La OCU lleva desde 2011 intentando eliminar este tipo de cláusulas que no benefician a los consumidores.
La cláusula «No Show» aparte de lo mencionado anteriormente, impedía disfrutar de tarifas más ventajosas para el consumidor o la combinación de varios vuelos que tampoco le beneficiaba.
Estas dos cláusulas de Iberia han sido anuladas por los tribunales, así como la utilización de aviones de terceros, la modificación de las escalas y la falta de responsabilidad de la aerolínea en la pérdida de enlaces de distintos vuelos.
Sanciones a la aerolínea
En concreto, la dirección general de Consumo del Gobierno Balear multó a la aerolínea con 448.000 € por dicha cláusula, designándola como abusiva. La sanción fue una de las más graves que han impuesto en el Govern Balear.
La aerolínea ya ha sido sancionada en otras 3 ocasiones en los últimos 3 años. Estas sanciones son la resolución de 7 expedientes de reclamaciones por parte de usuarios de Baleares producidas entre 2015-2017. Estas denuncias fueron investigadas e inspeccionadas y se encontró dicha cláusula sancionada.
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